Micelio
Auto9 de agosto de 2023

A- de 2023

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Caja Promotora De Vivienda Militar Y De Policia·Demandado Cervantes Bueno Jaider Wilfrido

Tema · dato duro
Controversia Contractual Y Extracontractual Con Entidades Públicas Del Sector Financiero, Siempre Que La Actividad Corresponda Al Giro Ordinario De Sus Negocios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Controversias contractuales y extracontractuales con entidades públicas del sector financiero, siempre que la actividad corresponda al giro ordinario de sus negocios
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 1 Promiscuo Municipal de Fundación y el Juzgado 10 Administrativo del Circuito de Santa Marta.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda verbal que promovió la Caja Promotora de la Vivienda Militar y de Policía en contra de un ciudadano, para que se condenara a reintegrar la suma de dinero que le fue reconocida como subsidio de vivienda, toda vez que se postuló a esta ayuda de forma irregular.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 766/23 mediante la cual se estableció que, que la especialidad civil de la Jurisdicción Ordinaria es competente para resolver las demandas promovidas por entidades estatales organizadas como instituciones financieras, siempre que la controversia planteada se derive del giro ordinario de sus negocios, de conformidad con el artículo 105 de la Ley 1437 de 2011, el artículo 15 de la Ley 1564 de 2012 y el inciso 2º del artículo 12 de la Ley 270 de 1996.

Con base en lo anterior se remite el expediente al Juzgado 1 Promiscuo Municipal de Fundación para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los interesados en el asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre Juzgado 1 Promiscuo Municipal de Fundación y el Juzgado 10 Administrativo del Circuito de Santa Marta, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado 1 Promiscuo Municipal de Fundación conocer sobre la demanda presentada por la Caja Promotora de la Vivienda Militar y de Policía contra el señor Jaider Wilfrido Cervantes Bueno.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-3624 al Juzgado 1 Promiscuo Municipal de Fundación para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 10 Administrativo del Circuito de Santa Marta y a los interesados en este asunto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.